Para hacer una rotación externa en alguno de nuestros dispositivos acreditados, el residente debe ponerse en contacto con la Unidad Docente Multiprofesional de Atención Familiar y Comunitaria para valorar su idoneidad. Posteriormente la unidad docente de origen deberá cursar una solicitud  especificando el periodo acordado.

Para residentes o profesionales que trabajan fuera de España, además tendrán que solicitarlo con suficiente tiempo de antelación para llevar a cabo los trámites oportunos con el Ministerio de Sanidad (normativa).

Además, según la Orden SSI/81/2017, de 19 de enero, el residente que hace la rotación debe cumplir el protocolo de confidencialidad y firmar el anexo 2 y enviarlo escaneado por correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o llevarlo personalmente a la Unidad Docente Multiprofesional de Atención Familiar y Comunitaria.

Durante el último año de residencia, los tutores de MIR pueden solicitar una rotación de tres semanas, y dos los de EIR. Las rotaciones se hacen preferiblemente en el segundo semestre, excepto los tutores con residente con prórroga, que se tratarán a petición personal del tutor.

Durante este periodo los residentes quedan a cargo de la consulta del tutor siempre con otro tutor de referencia para resolver dudas (véase el protocolo de supervisión de residente). En este periodo, los residentes deben hacer las guardias de hospital y de SUAP/PAC en fin de semana con el fin de no interferir en los días libres con la consulta.

Los colaboradores docentes de pediatría del centro de salud también pueden solicitar una rotación de dos semanas; el tutor colaborador ha de organizar la rotación. La Unidad Docente de Atención Familiar y Comunitaria se encarga de autorizar la rotación por la Gerencia de Atención Primaria. Pueden rotar un máximo de cuatro pediatras al año de manera secuencial en el tiempo.

El plazo para recibir las solicitudes se establece durante el último trimestre del año anterior.

Para solicitar una rotación en necesario rellenar el modelo de solicitud de rotación correspondiente: 

Para tutores de MIR

Para tutores d'EIR

Para colaboradores docentes de pediatria

Y enviarlo firmado por el tutor a la UDMAFyC por correo interno o escaneado a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El residente puede realizar durante 2 meses (preferentemente como máximo en 2 sitios distintos) rotaciones por diferentes servicios, centros u hospitales de Mallorca adscritos a la UDMAFyC (rotación electiva) o por centros o dispositivos no previstos en el programa de formación ni en la acreditación otorgada a la UDMAFyC (rotación externa).

 

De los tres meses de rotación rural se puede realizar hasta un máximo de 2 meses de dicha rotación en centros o dispositivos nacionales no acreditados en la UDMAFyC.

 

Son consideradas como un instrumento de formación que debe utilizarse para la ampliación de conocimientos o al aprendizaje de técnicas no practicadas en el centro o unidad y que según el programa de formación sea necesario o complementario al mismo.

 

 

ROTACIONES ELECTIVAS


Durante el tercer año de residencia el residente puede realizar durante 2 meses y preferentemente como máximo en 2 sitios distintos, rotaciones por diferentes servicios, centros u hospitales de Mallorca adscritos a la UDMAFyC.

 

Las rotaciones electivas permiten ajustes de competencia o realizar formación complementaria. Se realizarán al finalizar el tercer año, antes de que el residente inicie su estancia en el centro de salud. Si el tutor y el residente no consideran necesaria su realización el residente se incorporará al centro de salud.

 

Estas rotaciones no pueden interferir en la capacidad docente de los distintos servicios donde rotan los residentes que llevan a cabo su itinerario formativo.

Las rotaciones deben solicitarse antes de los últimos tres meses del segundo año de residencia y tienen que llevarse a cabo durante el tercer año de residencia.

 

Las condiciones para solicitar este período son las siguientes:

  • El residente debe haber cumplido el 80 % del programa teórico obligatorio durante la residencia.
  • La rotación debe proponerla siempre el tutor del residente del centro de salud, quien debe rellenar la solicitud (Anexo VII) explicando los objetivos que se pretenden, justificando la razón por la que se quiere hacer la rotación. Una vez rellenada y firmada por el tutor del residente debe entregarse a la UDMAFyC que la presentará a la Comisión de Docencia para que dé su conformidad.

 

Una vez completada la rotación electiva el residente tiene la obligación de presentar a la Comisión de Docencia una memoria que describa la formación recibida y el impacto que supone en su proceso formativo y la evaluación del tutor y del residente.

 

 

ROTACIONES EXTERNAS


Durante el tercer año de residencia el residente puede realizar durante 2 meses y preferentemente como máximo en 2 sitios diferentes, rotaciones por centros o dispositivos no previstos en el programa de formación ni en la acreditación otorgada a la UDMAFyC.

Deben ser propuestas por el tutor del residente, quien debe rellenar la solicitud (Anexo VII) con especificación de los objetivos que se pretenden, que deben referirse a la ampliación de conocimientos o al aprendizaje de técnicas no practicadas en los dispositivos de la UDMAFyC y que según el programa de formación son necesarias o complementarias del mismo.

Deben realizarse preferentemente en centros acreditados para la docencia o en centros nacionales o extranjeros de reconocido prestigio.

Estas rotaciones no pueden interferir en la capacidad docente de los distintos servicios donde rotan los residentes que llevan a cabo su itinerario formativo.

Para que sea autorizada por la Conselleria de Salut, se tiene que haber cumplido el 100% del programa teórico del Plan Transversal Común.

Las rotaciones deben solicitarse antes de los últimos tres meses del segundo año de residencia y tienen que llevarse a cabo durante el tercer año de residencia.

 

Las condiciones para solicitar este período son las siguientes:

  • El residente debe haber cumplido el 80 % del programa teórico obligatorio durante la residencia y las evaluaciones de todas las rotaciones han tenido que ser positivas.
  • La rotación debe proponerla siempre el tutor del residente del centro de salud, quien debe rellenar la solicitud (Anexo VII) explicando los objetivos que se pretenden, justificando la razón por la que se quiere hacer la rotación y facilitando los datos del servicio externo (nombre de la persona, organismo, dirección, teléfono, fax y correo electrónico) para poder contactar con él y tramitar la solicitud. Una vez rellenada y firmada por el tutor del residente debe entregarse a la UDMAFyC que la presentará a la Comisión de Docencia para que dé su conformidad.
  • Debe adjuntarse además una carta de aceptación o en su defecto un email o carta de contacto “informal” a espera de la carta de aceptación oficial de la Comisión de Docencia de destino (u órgano equivalente).

 

Una vez completada la rotación externa, el residente tiene la obligación de presentar a la Comisión de Docencia una memoria que describa la formación recibida y el impacto que supone en su proceso formativo y la evaluación del tutor y del residente.

 

El residente que haga una rotación externa tiene los derechos siguientes:

  • Percibir los ingresos correspondientes a su nómina.
  • Percibir los ingresos correspondientes a las guardias o la atención continuada que lleve a cabo en el centro de rotación.
  • Si no realiza guardias durante la rotación externa debe hacer guardias extra durante los meses previos o posteriores a la rotación para cumplir con el mínimo número de horas de guardia de ese año. En ningún caso se debe superar el número máximo de horas de guardia permitido en cómputo semestral (Nota interna del servicio de salud 18/10/2012)

 

 

ROTACIONES EXTERNAS RURALES


Durante el tercer año de residencia el residente puede realizar durante un máximo de 2 meses, rotación rural en centros o dispositivos no acreditados en la UDMAFyC.

Deben ser propuestas por el tutor del residente, quien debe rellenar la solicitud (Anexo VII).

Deben realizarse en centros nacionales, preferentemente acreditados para la docencia.

Para que sea autorizada por la Conselleria de Salut, se tiene que haber cumplido el 100% del programa teórico del Plan Transversal Común.

Las rotaciones deben solicitarse antes de los últimos tres meses del segundo año de residencia y tienen que llevarse a cabo durante el tercer año de residencia.

 

Las condiciones para solicitar este período son las siguientes:

  • La rotación debe proponerla siempre el tutor del residente del centro de salud, quien debe rellenar la solicitud (Anexo VII) facilitando los datos del servicio externo (nombre de la persona, organismo, dirección, teléfono, fax y correo electrónico) para poder contactar con él y tramitar la solicitud. Una vez rellenada y firmada por el tutor del residente debe entregarse a la UDMAFyC que la presentará a la Comisión de Docencia para que dé su conformidad.
  • Debe adjuntarse además una carta de aceptación o en su defecto un email o carta de contacto “informal” a espera de la carta de aceptación oficial de la Comisión de Docencia de destino (u órgano equivalente).

 

Una vez completada la rotación externa rural, el residente tiene la obligación de presentar a la Comisión de Docencia una memoria que describa la formación recibida y el impacto que supone en su proceso formativo y la evaluación del tutor y del residente.

 

El residente que haga una rotación externa rural tiene los derechos siguientes:

  • Percibir los ingresos correspondientes a su nómina.
  • Percibir los ingresos correspondientes a las guardias o la atención continuada que lleve a cabo en el centro de rotación.
  • Si no realiza guardias durante la rotación externa debe hacer guardias extra durante los meses previos o posteriores a la rotación para cumplir con el mínimo número de horas de guardia de ese año. En ningún caso se debe superar el número máximo de horas de guardia permitido en cómputo semestral (Nota interna del servicio de salud 18/10/2012)

              

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