El Gabinete Técnico-Asistencial está adscrito al Servicio de Salud de las Islas Baleares y depende de la Dirección General. Es el servicio responsable del tratamiento el análisis y la difusión de los datos sanitarios del Servicio de Salud para transformarlos en conocimiento para la organización.
Coordinadora
Ubicación y contacto
Gabinete Técnico-Asistencial
Dirección General
Servicio de Salud de las Islas Baleares
C/ de la Reina Esclarmunda, 9, entresuelo - 07003 Palma
Tel. 971175600
Áreas de trabajo
Area de producción y difusión estadística, con las funciones siguientes:
- Elaboración y difusión de las estadísticas sanitarias del Servicio de Salud de las Islas Baleares (cuadros de mando, memorias...).
- Elaboración de estudios de investigación y análisis de la información sanitaria.
- Diseño y seguimiento del contrato de gestión.
- Gestión de solicitudes de datos sanitarios.
- Supervisión de la gestión, actualización y explotación de los registros de los sistemas de información asistencial del Servicio de Salud.
Area de normalización y metodológica, con las funciones siguientes:
- Supervisión de la gestión de los sistemas de información aplicados a la producción y del desarrollo de las bases de datos de información sanitaria (SOPHIA...).
- Coordinación y homologación de la producción estadística (conceptos e indicadores) mediante los grupos de expertos y las comisiones.
- Asesoría técnica sobre aspectos metodológicos en el cálculo de indicadores y para estudios de investigación.
- Elaboración y difusión de diccionarios de conceptos y indicadores.
- Promoción de la investigación y el perfeccionamiento profesional del personal del Gabinete Técnico del Servicio de Salud y sus gerencias.
Oficina de calidad, cuya función principal es desarrollar estrategias de calidad asistencial, disminuir la variabilidad en la práctica clínica, definir indicadores de calidad y seguridad del paciente y mejorar la asistencia.
Funciones
El Gabinete Técnico-Asistencial —cuyo titular podrá tener el rango de subdirector, o cubrirse según lo dispuesto en la disposición adicional primera de esta norma— actuará bajo la dependencia de la Dirección General, y tiene las funciones siguientes:
- Elaborar los indicadores asistenciales necesarios para el desarrollo de la actividad asistencial.
- Homogeneizar y homologar registros, códigos, diccionarios y catálogos, para todos los centros que componen el Servicio de Salud.
- Elaborar los cuadros de mando necesarios para la gestión del Servicio de Salud.
- Elaborar los indicadores asistenciales y cuadros de mandos necesarios para la gestión de las diferentes direcciones generales y de la propia Consejería de Salud y Consumo.
- Elaborar los contratos de gestión entre el Servicio de Salud y las diferentes gerencias.
- Elaborar los protocolos necesarios para su aplicación por los profesionales y las profesionales del Servicio de Salud.
- Adaptar los sistemas de información asistenciales a la medición de resultados y a la evaluación clínica, y homogeneizar la información clínica, los catálogos y los conceptos.
- Monitorizar y analizar los indicadores de evaluación propuestos por las diferentes direcciones y subdirecciones a fin de asegurar un seguimiento correcto de los contratos de gestión, de los proyectos y de las estrategias asistenciales del Servicio de Salud.
- Potenciar la Factoría de Información Corporativa (FIC) y el sistema de información SOPHIA, como herramientas para el seguimiento de los indicadores de actividad asistencial, de los recursos de los medicamentos, de los recursos humanos, de Historia de Salud y de los contratos de gestión.
- Desempeñar, en general, todas las funciones que le atribuya la Dirección General y las que se le deleguen expresamente.