Subdirección de Atención a la Cronicidad, Coordinación Sociosanitaria y Enfermedades Poco Frecuentes

Servicio de Salud de las Islas Baleares

Subdirección de Atención a la Cronicidad, Coordinación Sociosanitaria y Enfermedades poco frecuentes

La Subdirección de Atención a la Cronicidad, Coordinación Sociosanitaria y Enfermedades Poco Frecuentes del Servicio de Salud de las Islas Baleares (IB-SALUT) está bajo la dependencia de la Dirección de Asistencia Sanitaria. Su función principal es la elaboración, el desarrollo y la evaluación de la cronicidad, la coordinación sociosanitaria y las enfermedades poco frecuentes.

Dirección

Subdirectora: Estefanía Serratusell Sabater

Ubicación y contacto

Subdirección de Atención a la Cronicidad, Coordinación Sociosanitaria y Enfermedades Poco Frecuentes 
Dirección de Asistencia Sanitaria
Servicio de Salud de las Islas Baleares
C/ de la Reina Esclarmunda, 9, 3er piso - 07003  Palma
Tel. 971175600

 
Órganos de gestión
Funciones

La Subdirección de Atención a la Cronicidad, Coordinación Sociosanitaria y Enfermedades Poco Frecuentes, bajo la dependencia de la Dirección de Asistencia Sanitaria, tiene las funciones siguientes:

 

  1. Asegurar el cumplimiento de la cartera de servicios del Servicio de Salud.

  2. Elaborar, desarrollar y evaluar la estrategia asistencial de atención a la cronicidad.

  3. Participar en la inclusión de los objetivos y los indicadores en los diferentes contratos de gestión con relación a la cronicidad, y llevar a cabo el seguimiento y la evaluación de las actividades asistenciales correspondientes a la estrategia de cronicidad.

  4. Promover la estratificación de la población según su estado de salud y el riesgo clínico consiguiente.

  5. Impulsar las actividades organizativas y asistenciales destinadas a dar respuesta a las necesidades de la población según su riesgo clínico.

  6. Incluir las necesidades de prevención y promoción de la salud en cada uno de los grados de riesgo.

  7. Participar en la elaboración de los diferentes presupuestos asistenciales para asegurar una implantación correcta de la estrategia de cronicidad.

  8. Incorporar indicadores de evaluación de la estrategia de cronicidad en los contratos de gestión de los centros sanitarios en todos los niveles asistenciales.

  9. Asegurar la coordinación con los órganos administrativos competentes de otras administraciones en materia de atención a las personas que padecen enfermedades crónicas.

  10. Impulsar acciones que mejoren la atención de las personas que padecen enfermedades denominadas poco frecuentes.

  11. Promover la práctica basada en la evidencia en el ámbito de las enfermedades poco frecuentes e impulsar el uso de guías y protocolos que reduzcan la variabilidad en la práctica clínica.

  12. Analizar las peticiones de nuevos servicios o prestaciones, formular o redirigir las propuestas y evaluar y proponer la cobertura o la reordenación de los recursos asistenciales en coordinación con la Subdirección de Cartera de Servicios.

  13. Impulsar un modelo de coordinación que permita responder a las necesidades sociosanitarias de las personas frágiles, con enfermedades crónicas avanzadas o con problemas de autonomía.

  14. Impulsar un modelo organizativo que permita dar una respuesta integral y eficiente a las personas que requieren atención simultánea desde los ámbitos sanitario y social.

  15. Establecer un modelo de gestión de casos para lograr que todas las personas en situación de dependencia o fragilidad reciban una atención de calidad en un entorno en el que se prioricen sus necesidades personales, familiares y sociales, y promover como objetivo fundamental la mejora de la calidad de vida y la autonomía.

  16. Impulsar la atención de la cronicidad en el ámbito de la atención primaria para asegurar la mejor calidad de vida de las personas que sufren enfermedades crónicas en su domicilio y en la comunidad en general.

  17. Desempeñar, en general, todas las funciones que le atribuya la Dirección de Asistencia Sanitaria y las que se le deleguen expresamente.