Preguntas frecuentes sobre receta electrónica

Servicio de Salud de las Islas Baleares

Preguntas frecuentes sobre receta electrónica

  • ¿Tengo que llevar siempre la tarjeta sanitaria cuando vaya a la farmacia?

    Debe llevarla siempre que acuda a recoger medicación. Si la pierde o se deteriora, acuda a su centro de salud, donde se la renovarán.

  • El médico me ha prescrito diversos medicamentos. ¿Dónde los recojo?

    La primera vez que le prescriban un medicamento, debe recogerlo en un período de diez días. A partir de la dispensación siguiente, los puede recoger cuando los necesite.

    El farmacéutico le puede orientar sobre la fecha de la próxima recogida.

  • ¿Debo recoger los medicamentos siempre en la misma farmacia?

    No. Puede recogerlos en cualquier farmacia.

  • ¿Qué sucede si me tengo que ir de viaje y necesito recoger la medicación?

    En caso de viajar a otra comunidad autónoma, puede recoger los medicamentos prescritos en Baleares presentando su tarjeta sanitaria.

    Si viaja usted al extranjero, consulte los convenios internacionales.

  • Estoy tomando un medicamento que requiere visado. ¿Cuándo puedo recogerlo en la farmacia?

    Una vez que el médico haya prescrito el medicamento en la receta electrónica, el tratamiento será revisado por el Servicio de Farmacia, que, en caso de que cumpla las condiciones de financiación, va a visarlo electrónicamente; y en un plazo de 24 horas usted va a poder recogerlo en la farmacia.

    En caso de que el médico le haga una prescripción en receta de papel, debe acudir a las unidades de gestión del visado de cada isla para que autoricen manualmente el visado de la receta.

  • ¿Puedo recoger los medicamentos para un familiar?

    Sí, siempre que presente la tarjeta sanitaria de dicho familiar.

  • Soy pensionista y he recogido la medicación con una receta en papel. ¿Cómo debo solicitar el reembolso en caso de superar mi límite de aportación?

    Puede solicitar el reembolso personalmente al Servicio de Salud. Para ello, debe presentar este formulario con la declaración responsable de datos bancarios de la persona solicitante, adjuntando copia de la receta y original de la factura de la oficina de farmacia, individualizada por paciente y con el detalle de los productos dispensados.

  • ¿Qué declaración de renta se utiliza para calcular la aportación de los medicamentos?

    Para calcular el límite de ingresos ses tomará como referencia el nivel de renta del último ejercicio fiscal cerrado. Por ejemplo, el IRPF presentado el año 2018 (correspondiente al ejercicio fiscal 2017) se aplicarà para calcular la aportación a partir de noviembre de 2018 hasta noviembre de 2019.

    Éste es el motivo por el que los niveles de aportación pueden variar cada año.

  • ¿Cómo puedo saber el porcentaje de aportación que me corresponde?

    En el Portal del Paciente del Servicio de Salud se ha publicado un formulario para que cada usuario pueda averiguar qué percentaje de aportación le corresponde, simplemente introduciendo el número de la tarjeta sanitaria y la fecha de nacimiento.

  • ¿Qué debo hacer si considero que el porcentaje de aportación asignado es incorrecto?

    Debe acudir a su centro de salud con el documento de identidad y la tarjeta sanitaria para que comprueben los datos que constan en el registro de usuarios y las corrijan, si es necesario, rellenando un formulario al efecto.

 

 

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